Un encargo delimitado
La intervención se concentra en el procedimiento o litigio acordado. El asesoramiento ordinario del cliente continúa con el profesional que lo remite, sin asumir por esta colaboración su gestión recurrente.
Formas de colaboración
- Análisis de un expediente y contraste de la estrategia.
- Apoyo en inspecciones, comprobaciones y procedimientos sancionadores.
- Intervención en derivaciones de responsabilidad y recaudación.
- Preparación de reclamaciones y dirección de procedimientos contencioso-tributarios.
Coordinación desde el principio
Antes de empezar se acuerdan el alcance del trabajo, la distribución de tareas, la comunicación con el cliente y los honorarios. El profesional remitente aporta el contexto y conserva su interlocución en los términos convenidos.
Confidencialidad y documentación
El primer contacto puede limitarse a una descripción del asunto, su fase y los plazos conocidos. Antes de compartir el expediente se organiza la recepción de documentación y se comprueba la posibilidad de asumir la intervención.
Proponer una colaboración